Auto Supremo AS/0095/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2006

Fecha: 17-Jun-2006

CONSIDERANDO: Que así expuestos los fundamentos del recurso corresponde señalar que al decir del tratadista


CONSIDERANDO: Que así expuestos los fundamentos del recurso corresponde señalar que al decir del tratadista Lino Enrique Palacio, es deber principal y fundamental de los jueces y tribunales, de administrar justicia cada vez que tal actividad sea requerida en un proceso concreto. Existe, en verdad, un deber de ejercer la actividad judicial, que es correlativo del derecho que incumbe a las partes en el sentido de que sus peticiones sean resueltas o proveídas, independientemente del contenido -favorable o desfavorable- de la respectiva decisión. Junto a la potestad de juzgar, el Juez tiene el deber administrativo de hacerlo