Auto Supremo AS/0095/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2006

Fecha: 17-Jun-2006

Por otro lado, corresponde señalar que la reconvención, por su naturaleza jurídica, constituye una demanda


Por otro lado, corresponde señalar que la reconvención, por su naturaleza jurídica, constituye una demanda nueva que interpone el demandado en contra del actor principal; es decir, es la pretensión que, al contestar la demanda, formula el demandado en contra del demandante, de manera tal que no se limita a oponerse a la acción iniciada por el actor, sino que a su vez se constituye en demandante, por tanto, es obligación resolver ambas pretensiones y, naturalmente, ambas oposiciones en una misma sentencia