Auto Supremo AS/0221/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2006

Fecha: 07-Jun-2006

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2.- Invoca, como precedente contradictorio, el Auto Supremo Nº 695 de fecha 11 de diciembre de 1995 en relación a la equivocada adecuación de su conducta con referencia a la primera parte del Art. 204 del Código Penal, ya que Rafael Capobianco Fernández recibió los cheques objeto del proceso penal como garantía, estableciéndose, además, el pago correspondiente al importe del interés conforme se demostró por los recibos firmados por Rafael Capobianco Fernández cada vez que dejaba un monto de dinero a cuenta de un cheque (fs. 27 a 47)