Auto Supremo AS/0221/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2006

Fecha: 07-Jun-2006

4


4.- Manifiesta que su conducta no se subsume en ninguna de las formas de culpabilidad que el Código Penal prevé en sus Arts. 14 y 15 con relación al ilícito que se le imputa y que el Auto de Vista no tomó en cuenta que fue obligado a entregar, en garantía, el cheque objeto de este proceso como crédito para su persona y garantía de Rafael Capobianco Fernández, en consecuencia no se valoraron los medios probatorios conforme a derecho