Auto Supremo AS/0221/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2006

Fecha: 07-Jun-2006

Por otra parte, es indudable que, de acuerdo a la prueba existente de fs


Por otra parte, es indudable que, de acuerdo a la prueba existente de fs. 14-49, que la actividad comercial del imputado daba como resultado el otorgamiento a favor de sus acreedores de emisión de "cheques en garantía" por lo que al establecer el juez de sentencia " prueba plena" de la comisión del ilícito penal de cheque en descubierto, no obstante la abundante prueba de descargo producida por el imputado se da lugar a establecer que los cheques motivo de la litis fueron otorgados en garantía a favor del querellante, los que debieron ser declarados "nulos de pleno derecho", estableciéndose en definitiva violación al art. 365 del Código Penal al haber sido condenado erróneamente