Auto Supremo AS/0838/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0838/2006

Fecha: 25-Sep-2006

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4.- En cuanto a la acusada violación de los arts. 12 y 13 de la Ley General del Trabajo, se debe precisar que el D.S. 23334 de 30 de noviembre de 1992, en su parte considerativa, hace referencia a que el Banco del Estado y los representantes laborales suscribieron convenios en los que se acordaron que la planta de empleados debería presentar su solicitud de retiro hasta el 5 de agosto de 1992. En el caso de autos, conforme se tiene de la literal de fs. 2, el demandante se acogió a los citados convenios en fecha 15 de diciembre de 1992, sin haber solicitado su retiro en el término referido en el citado Decreto Supremo, de ahí que mal podría hacerse acreedor al pago del desahucio, mucho menos al denominado "extra legal" o "bono de cesantía"