En el primer caso, este tribunal considera que si bien la presente causa no obedece
Los dispositivos últimos citados, se encuentran cuestionados por el demandante en el recurso de fs. 194-207, en el que señala que no pudo darse por bien hecho aquel depósito judicial de fs. 53, por ser contrario a tales normas. Sobre este particular, que constituye uno de los aspectos más controvertidos, se tienen dos aspectos:
En el primer caso, este tribunal considera que si bien la presente causa no obedece a la ejecución de fallos expedidos en otro proceso, no es menos cierto que el promedio salarial establecido en aquel proceso constituye una referencia real de ese promedio salarial (Bs. 5.470), lo mismo que el promedio señalado por la entidad demandada (Bs. 718,19), sin embargo, admitir ambos promedios, en los términos establecidos por el tribunal de apelación, no sólo encierra un contrasentido sino la infracción del art. 19 de la Ley General del Trabajo y art. 1° de la Ley de 9 de noviembre de 1940, en la medida que el primero incluye un bono de antigüedad contrario al DS. 21060 vigente a ese momento y, el segundo, refleja una suma arbitraria que no obedece al haber mensual correspondiente al cargo de Jefe de División al que debió ser reincorporado el actor
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda a fs
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de
- CONSIDERANDO: Que, en el recurso de fs. 185-188, se acusa
- Violación del DS
- Violación del art
- Por último, acusa violaciones al Código Procesal del Trabajo, en las siguientes disposiciones
- Art
- Asimismo, refiere que las literales cursantes a fs
- Con estos fundamentos demanda la CASACIÓN del Auto de Vista y, deliberando en el fondo,
- Que, por su parte, el recurso de fs. 194-207 acusa
- Violación de los arts
- Con esos fundamentos solicita CASAR en parte el Auto de Vista y disponer la liquidación
- CONSIDERANDO: Que, en la controversia venida en casación, se circunscriben tres aspectos: La prescripción alegada
- El tribunal de casación, por su parte, cuenta con límites aún más restringidos, por cuanto,
- 2
- Sobre este particular, corresponden precisar los siguientes aspectos controvertidos
- De otro lado, el recurso mismo encierra un contrasentido que no permite abrir la competencia
- b) Infracción del art
- En el primer caso, este tribunal considera que si bien la presente causa no obedece
- Ahora bien, si ambos casos, informan dos aspectos contradictorios, correspondía al tribunal de apelación, en
- 3
- 4
- Por otro lado, partiendo de la premisa que esta Corte tiene como finalidad fundamental el
- 5
- Consiguientemente, encontrándose justificados en parte los motivos recursivos expuestos por los recurrentes, corresponde observar la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, intervienen los Ministros de la Sala Civil, doctores Emilse Ardaya Gutiérrez y Julio
- La Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez, fue de voto disidente, opinando por que se case la
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
