Auto Supremo AS/0838/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0838/2006

Fecha: 25-Sep-2006

El tribunal de casación, por su parte, cuenta con límites aún más restringidos, por cuanto,


El tribunal de casación, por su parte, cuenta con límites aún más restringidos, por cuanto, no sólo debe observar su competencia en términos del recurso y lo decidido por el tribunal de apelación, sino también, expedir pronunciamiento sobre las infracciones a la ley, esto es, resolviendo el conflicto suscitado entre el tribunal de apelación y la Ley y, si bien el adjetivo civil, al admitir la casación por error de hecho en la apreciación de la prueba, permite al tribunal de casación incursionar sobre los hechos, no debe perderse de vista que tal competencia alcanza a la convicción de los de instancia sobre esa prueba y sólo a efectos de juzgar el criterio legal aplicado al momento de su ponderación. Así entonces, no podría el tribunal de casación examinar pruebas que no hubieren sido materia de discusión en las instancias, sin incurrir en extralimitación de sus expresas facultades