Auto Supremo AS/0021/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0021/2007

Fecha: 26-Ene-2007

Afirma, que el Auto de Vista incurre en defectos absolutos previstos en el artículo 169-3)


Afirma, que el Auto de Vista incurre en defectos absolutos previstos en el artículo 169-3) del Código de Procedimiento Penal, el primero con relación a los artículos 398 y 124 ambos del compilado adjetivo penal, violando la garantía constitucional del "debido proceso" al carecer de fundamentación por no haber considerado que el recurso de apelación fue observado existiendo una "ampliación de fundamentación", por ello, señala que existe incongruencia entre la apelación restringida su fundamentación complementaria y el Auto de Vista impugnado