Auto Supremo AS/0041/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0041/2007

Fecha: 27-Ene-2007

Para fines del artículo 420 del Código de Procedimiento Penal, remítase copia del presente Auto


POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista recurrido, con multa de Bs. 100.- a cada uno de los Vocales firmantes, a ser descontados por habilitación de la Corte Superior respectiva, debiendo pronunciar uno nuevo, observando la doctrina legal contenida en el presente Auto Supremo.

Para fines del artículo 420 del Código de Procedimiento Penal, remítase copia del presente Auto Supremo a todas las Cortes Superiores del País, para que por intermedio de sus Presidentes, pongan en conocimiento de las Salas, Tribunales de Sentencia, Jueces de Sentencia y Jueces Cautelares la jurisprudencia vinculante, que por disciplina jurisprudencial debe ser observada "erga omnes"