Auto Supremo AS/0426/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0426/2007

Fecha: 18-Oct-2007

CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los datos


CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los datos del proceso y de las disposiciones cuya infracción se acusa se establece:

1).- Que, por razón de orden, resolviendo el recurso de casación en la forma, se establece que de fojas 246 a 247, cursa el Auto Supremo Nº 197 de 30 de mayo de 2005, que anula el Auto de Vista de 21 de abril de 2003 de fojas 227, que fue emitido previa convocatoria del Vocal René Pabón Ortuño de la Sala Civil Primera, para formar Sala, sin tramitar la excusa del Vocal Ricardo Alarcón Pozo de fojas 219. Dicha anomalía quedó subsanada, por la anulación determinada en el referido Auto Supremo, no habiendo vulneración de las disposiciones que citan ni al debido proceso, por cuanto, el presente recurso, parte de la impugnación del Auto de Vista de 22 de agosto de 2005 de fojas 252 a 254, dictado por los Vocales de la Sala Civil Tercera, sin que medie ninguna causal de nulidad por haberse conformado el Tribunal de alzada en el marco de lo previsto por el artículo 100 de la Ley de Organización Judicial, circunstancia inobservada por los recurrentes, pretendiendo la nulidad del proceso haciendo alusión a supuestas anomalías que quedaron subsanadas por la anulación dispuesta de oficio por la Suprema Corte en el Auto Supremo de fojas 246 a 247