Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 278-281, formulado por Marcelo Nieva E., en representación de la empresa demandante, en el que alega:
1.- Se incurrió en "errónea interpretación, violación y aplicación" del art. 23 de la Ley de Aduanas y de la Resolución de Directorio Nº RD-01-003-03 de 25 de enero de 2001, porque en su texto no se establece que la devolución de pagos en demasía, deba ser rechazada por la supuesta existencia de obligaciones pendientes de pago o que se haga depender la devolución de la existencia de tales obligaciones; mas aún si, como ocurre en el caso presente, se ha alegado la existencia de notas de cargo, querella, acta de intervención e informes que por su naturaleza, constituyen actos iniciales de investigación y de determinación de tributos omitidos, que pueden ser motivo de impugnación en la vía administrativa y judicial, implicando con ello que se estaría violando también los arts. 174, 231 y 304 del Cód. Trib., 1º del Cód. Pdto. Pen. y 16 de la C.P.E
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso de repetición en la vía contencioso tributaria, el Juez
- En grado de apelación, formulada por ambas partes por memoriales de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
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- Concluyó solicitando que este Tribunal case el auto de vista y, deliberando en el fondo,
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, revisando minuciosamente el expediente y los fundamentos alegados,
- En materia aduanera, en cumplimiento de las previsiones de los arts
- Este procedimiento, lamentablemente es totalmente obscuro incompleto e impreciso, pues no prevé qué es lo
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- Las normas referidas, al mismo tiempo de establecer el procedimiento que se debe seguir ante
- El error de derecho, consistió: a) considerar a la prueba de descargo, como suficiente para
- III
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin multa por ser excusable
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
