Auto Supremo AS/0641/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0641/2007

Fecha: 05-Dic-2007

Agrega, que las resoluciones pronunciadas por los juzgadores de instancia son incongruentes porque no se


Agrega, que las resoluciones pronunciadas por los juzgadores de instancia son incongruentes porque no se puede afirmar, por una parte, que se trata de un accidente fortuito de tránsito producido por la imprudencia del peatón y, por otro lado, sostener que no se ha comprobado el grado de culpabilidad del procesado, pronunciado una sentencia absolutoria, incurriendo en una errónea interpretación de lo previsto en el art. 13 del Código Penal