Auto Supremo AS/0641/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0641/2007

Fecha: 05-Dic-2007

En efecto, no demostró que concurre alguna de las circunstancias anotadas anteriormente, es decir, no


En efecto, no demostró que concurre alguna de las circunstancias anotadas anteriormente, es decir, no acreditó que no existe prueba que lo incrimine sobre el evento que motivó la tramitación de la presente causa, ni tampoco demostró que no haya sido él, el autor del deceso del Señor Jaime Guerra Muñoz. Por el contrario, las pruebas constantes en el expediente nos llevan a inferir que, precisamente, él era el conductor del vehículo con el que fue atropellado Jaime Guerra Muñoz, a cuya consecuencia, tiempo después, se produjo su deceso; empero, dicho elenco probatorio, en el razonamiento de los juzgadores, no fue pleno para establecer su culpabilidad conforme lo previsto en el art. 261 del Código Penal; dicho de otro modo, el acervo probatorio no es suficiente para demostrar que realizó el hecho que originó el acontecimiento sin haber prestado el cuidado y atención debidos o que omitió la consideración de las medidas de prudencia o precaución necesarias para evitar el daño