El no reconocimiento de los arts
El no reconocimiento de los arts. 198 y 199 del Código Penal, ya que no ha existido ningún perjuicio, sino solamente el de facilitar la solución del problema de legalización de compra de la parcela, como lo acredita el informe de fs. 187
- AUTO SUPREMO: Nº 642 Sucre, 5 de diciembre de 2007
- DISTRITO: Santa Cruz
- CONSIDERANDO: Que, el Juez Cuarto de Partido en lo Penal de la ciudad de Santa
- CONSIDERANDO: Que, el imputado Isidoro López Apata en su recurso de casación o nulidad de
- La no valoración de las pruebas instrumentales de fs
- El no reconocimiento de los arts
- En el fondo, la vulneración de los arts
- Que, por su parte el imputado Juan Carlos Sosa en el recurso de casación o
- En la forma, al no haber sido resuelta la cuestión previa por falta de tipicidad
- CONSIDERANDO: Que, en principio, atañe señalar que el Juez de primera instancia declara a los
- El juez inferior, al dictar sentencia ha aplicado correctamente el art
- Ahora bien, entrando en análisis de autos, en los puntos denunciados por los imputados Isidoro
- Respecto a la denuncia de ambos imputados en sentido de haberse negado el valor de
- Dichas pruebas, tanto instrumentales como testificales, en su esencia se refieren a la transferencia de
- Con referencia a la denuncia del imputado Isidoro López Apata, respecto a la inexistencia de
- En cuanto a la denuncia del imputado Juan Carlos Sosa en sentido de que las
- Por todo lo expuesto anteriormente y respecto a las denuncias de fondo referidas por ambos
- Determinando luego del análisis de los hechos y pruebas, conforme los arts
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 5 de diciembre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
