Acusan que habiendo formulado en el juicio por delitos contra el honor, la excepción de
Acusan que habiendo formulado en el juicio por delitos contra el honor, la excepción de verdad, ésta se habría resuelto ilegítimamente por el rechazo de la misma en un Auto complementario y que en las instancias de control del fallo no se habría considerado la prueba que aportaron y que demostraría que no concurrían los elementos constitutivos del tipo penal por el que ahora fueron procesados, puesto que las afirmaciones en base a las que habrían sido sometidos a procesamiento y por las que fueron condenados, no constituyen delito más al contrario, son afirmaciones verdaderas
- PARTES: Arturo Cayo Guzman Gutierrez y Jose Arturo Guzman Ledezma
- CONSIDERANDO: Que la doctrina refiere que: "
- CONSIDERANDO: Que los demandantes a tiempo de solicitar la revisión de la sentencia condenatoria Nº
- Denuncian que en el primer proceso así como en el seguido en su contra, habrían
- Acusan que habiendo formulado en el juicio por delitos contra el honor, la excepción de
- En esos antecedentes y sustentando su petitorio en el artículo 421 numeral 4) inciso a),
- En esos antecedentes solicita se apliquen al caso de Autos los artículos 244, 290, 298
- Adjunta en calidad de prueba, documentos varios enumerándolos del 1 al 21
- CONSIDERANDO: Que a raíz del trámite judicial impreso ante una determinada situación de hecho, se
- La cosa juzgada formal es la inmutabilidad de la sentencia por la preclusión de los
- La norma adjetiva penal, refiere: "
- Este examen de hecho, no puede ser realizado en el presente trámite extraordinario de revisión
- POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia con la facultad
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, quince de febrero de dos mil siete
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara-
