CONSIDERANDO:Que así expuestos los fundamentos del recurso, conviene resolver el mismo en base a los
CONSIDERANDO:Que así expuestos los fundamentos del recurso, conviene resolver el mismo en base a los hechos y normas invocadas a cuyo efecto corresponde señalar lo siguiente:
Sobre el recurso de casación en el fondo: Las violaciones denunciadas por el recurrente dentro del recurso de casación en el fondo, no se refieren a la existencia de errores in judicando en la tramitación del proceso, más bien, están directamente relacionadas con la existencia de errores in procedendo. En efecto, el artículo 3 del Código de Procedimiento Civil, establece de manera general, los deberes que los jueces y tribunales deben observar en la tramitación de los procesos; igual situación se aprecia respecto de los artículos del Código Niño, Niña y Adolescente supuestamente infringidos por los juzgadores de grado, así por ejemplo, el artículo 271, que regula sobre la composición, autonomía y recursos con los que cuenta el equipo interdisciplinario; el artículo 275, que establece la forma de presentación y el contenido de la demanda; el artículo 276, que regula sobre la oportunidad en la que se puede modificar y ampliar la demanda; y, el artículo 277, que se refiere a la admisión de la demanda y los casos en los que el juez debe ordenar se subsanen los defectos de la misma
- DISTRITO : La Paz PROCESO: Ordinario -Infracciones administrativas
- MINISTRO RELATOR: Abog. Julio Ortiz Linares
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
- Deducida la apelación por el representante de la entidad denunciada, la Sala Civil Primera de
- Recurso de casación en el fondo: acusó que la a quo violó flagrantemente el artículo
- Recurso de casación en la forma: afirma, que el expediente remitido por el SEDEGES ante
- Con estos argumentos solicitó -en el fondo- que se repongan las leyes erróneamente aplicadas y
- CONSIDERANDO:Que así expuestos los fundamentos del recurso, conviene resolver el mismo en base a los
- Como se podrá advertir, todos los preceptos citados están relacionados directamente con las cuestiones de
- En efecto, se debe puntualizar que los recursos de casación en el fondo o casación
- CONSIDERANDO: Sobre el recurso de casación en la forma: de manera reiterada este Tribunal ha
- Por estas razones y a efectos de determinar la nulidad de un proceso se debe
- En la especie, el recurrente no tuvo en cuenta ninguno de los principios anteriormente señalados
- En cuanto a supuesta vulneración del artículo 275 del Código Niño, Niña y Adolescente, porque
- Por otro lado, si bien es cierto que el artículo 281 de la Ley 2026
- Finalmente, el incumplimiento de lo preceptuado por el artículo 187 de la Ley 2026, no
- Finalmente, respecto de la excusa del Vocal René Pabón Ortuño, cabe precisar que de acuerdo
- En consecuencia, no siendo evidentes las denuncias formuladas en el recurso de casación en el
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Abog. Julio Ortiz Linares
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 6 de marzo de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
