Auto Supremo AS/0737/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0737/2007

Fecha: 28-Sep-2007

En consecuencia se concluye que el ente fiscalizador, aplicó adecuadamente las previsiones de los arts


En consecuencia se concluye que el ente fiscalizador, aplicó adecuadamente las previsiones de los arts. 133, 135, 136, 137 y 138 del Cód. Trib., normas que fueron violadas por el tribunal ad quem, al omitir su aplicación en resolución y que conllevó, a que se confirmara indebidamente la sentencia emitida en autos, pese a que la parte actora, no demostró la nulidad de los actos administrativos, ni de la resolución determinativa impugnados, más por el contrario, los de grado, sustentaron su decisión en presuntos vicios incurridos en el trámite del proceso administrativo, pese a que el actor denunció incumplimiento de normas adjetivas a tiempo de emitir la resolución determinativa, en los que sin fundamentar adecuadamente, incluso refirió la existencia de prescripción respecto de algunos periodos liquidados, sin haber opuesto en forma puntual el referido instituto, para permitir su pronunciamiento en resolución