Indica que se realizó una errónea interpretación del art
Indica que se realizó una errónea interpretación del art. 170 inc. 5º del Cód. Trib., al concluir que en la vista de cargo, no se estableció si la liquidación practicada, se hizo sobre base cierta o presunta, pese a que dicha norma no rige para la vista de cargo, sino únicamente para las resoluciones determinativas. Por otra parte, este aspecto no es un requisito fundamental para su validez; es decir, no se consideró que de la interpretación de la referida norma, ninguno de los siete requisitos que instituye, se establece que la administración tributaria, deba señalar categóricamente si la determinación se realizó sobre base cierta o presunta, solo establece que deben incluirse los elementos deductivos aplicados, circunstancia que sí se cumplió en la Resolución Determinativa de fs. 180
- DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario
- PARTES: Club Libanés c/ Servicio de Impuestos Nacionales La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Tercero Administrativo, Coactivo Fiscal y
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada mediante memorial de
- a) La aplicación indebida del art
- Luego, considerando dichas solicitudes, la administración en el informe de fs
- Indica que se realizó una errónea interpretación del art
- c) Refiere que se incurrió en violación de los arts
- f) Concluyó indicando que al haberse demostrado la violación, aplicación indebida e interpretación errónea de
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, revisando minuciosamente el expediente y analizando los fundamentos
- Dichos documentos advierten que se siguió el procedimiento establecido por los arts
- III
- En consecuencia se concluye que el ente fiscalizador, aplicó adecuadamente las previsiones de los arts
- IV
- Sin multa por ser excusable
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
