Auto Supremo AS/0006/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0006/2008

Fecha: 11-Ene-2008

5)


5).- Que, siguiendo este razonamiento, el Supremo Tribunal en diversos fallos de casos similares, ha resuelto que no procede recurso alguno contra la resolución del juez de primera instancia, independientemente de que declare probada o desestime la excepción de arbitraje y, ante esta eventualidad, no corresponde interponerse ni concederse los recursos de apelación ni casación, por lo que se ha dispuesto la nulidad de obrados declarando ejecutoriado el auto recurrido, como consta de los A.S. Nos. 105 SC-I de 13 de mayo de 2005, 127 SC-II 3 de mayo de 2005, 265 SC-I de 26 de mayo de 2007, 155 SC-I de 15 de agosto de 2006, entre otros; así como el A.S. No. 78 SC-II de 11 de abril de 2005, cuya copia cursa a fs. 68 del expediente, de otro proceso sustentado también entre las mismas partes ahora en conflicto