Que, en cumplimiento de la citada disposición legal, se pasa a analizar el expediente observándose
Que, en cumplimiento de la citada disposición legal, se pasa a analizar el expediente observándose:
1).- El proceso ahora en trámite se trata de un ordinario de rendición de cuentas de administración, entrega de utilidades y dividendos, restitución de desvío de dineros, pago de daños y perjuicios, más lucro cesante y daño emergente, planteado ante autoridad jurisdiccional, en base a una sentencia ejecutoriada de un proceso anterior porque se excluyó al demandado como socio de la "Estación de Servicio Camargo S.R.L." empresa que fue constituida mediante Escritura Pública No. 263 de 12 de abril del 2.001
- CONSIDERANDO I: Que, formalizado el proceso ordinario de fs
- En grado de apelación, a instancia del demandado, por Auto de Vista No
- Esta resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, por mandato del art
- Que, en cumplimiento de la citada disposición legal, se pasa a analizar el expediente observándose
- 2)
- Esta decisión fue asumida ante la existencia de un proceso anterior, con sentencia ejecutoriada de
- 3)
- La norma transcrita establece con claridad, que una vez planteada la excepción de arbitraje, la
- 5)
- 6)
- CONSIDERANDO III: Que, en el caso sub-lite, es deber del Tribunal Supremo ejercer la obligación
- De esta manera se concluye que este Tribunal no tiene abierta su competencia para resolver
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Hugo Roberto Suárez Calbimonte
- Dr. Jaime Ampuero García
- Proveído : Sucre, 11 de enero de 2008
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
