Auto Supremo AS/0184-C/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0184-C/2008

Fecha: 01-Oct-2008

En cuanto al Auto Supremo de 10 de mayo de 1983, se deja en claro


1) El Auto Supremo N° 184, de 1 de septiembre de 2008, se ha pronunciado con absoluto apego a las normas citadas en dicha Resolución.

En cuanto al Auto Supremo de 10 de mayo de 1983, se deja en claro que no tiene similitud con el presente, por cuanto de la lectura del mismo se evidencia que se había vencido el plazo forzoso del contrato de arrendamiento y después de 136 días del vencimiento de los 3 años forzosos se procedió a la "ampliación del contrato" de ahí que la citada jurisprudencia sostiene "Por lo que estaríamos ya al frente de un 2do. y nuevo contrato, que no representa ni significa la continuidad del lro.". Como se observa la situación es diferente a lo acontecido en el caso que nos ocupa, por cuanto la espera o tolerancia determinada en la Escritura Pública N° 734 de fecha 29 de octubre de 1998, se hallaba dentro del plazo principal establecido en la Escritura Pública N° 267 de fecha 1 de octubre de 1997