Auto Supremo AS/0283/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0283/2008

Fecha: 26-Nov-2008

POR TANTO:La Sala Civil de la Excma


Por lo expuesto, corresponde a éste Tribunal la aplicación del art. 271-2) concordante con el art. 273 del Código de Procedimiento Civil, declarar infundado el recurso venido en casación.

POR TANTO:La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación ejerciendo la potestad conferida por el numeral 1) del Art. 58 de la L.O.J., declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 100- 101 interpuesto por Xul Gloria Meyer Aragón Rodríguez, con Costas