Auto Supremo AS/0566/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0566/2008

Fecha: 19-Nov-2008

Conforme a la normativa glosada, la designación del defensor de oficio sólo procede ante la


Si transcurridos treinta días desde la primera publicación del edicto, el citado no compareciere, se le nombrará defensor que lo represente en el proceso. El defensor deberá tratar de hacer legar a conocimiento del interesado la existencia de la demanda. (el resaltado es nuestro)

Conforme a la normativa glosada, la designación del defensor de oficio sólo procede ante la eventualidad de un proceso contra personas desconocidas o, siendo conocidas, se desconozca su domicilio