Auto Supremo AS/0566/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0566/2008

Fecha: 19-Nov-2008

En el caso de la rebeldía declarada contra persona con domicilio conocido que hubiere sido


En el caso de la rebeldía declarada contra persona con domicilio conocido que hubiere sido legalmente notificada con la demanda, no ha menester la designación de defensor de oficio, por cuanto la rebeldía viene a constituirse en una sanción al renuente o negligente; regla civil que se aplica con mayor razón tratándose de proceso laborales, por cuanto este último, a diferencia del proceso civil, se encuentra sometido al principio de desigualdad jurídica sustentado en los principios del Estado Social