La decisión asumida por el tribunal de alzada, fue recurrida de casación por la querellante,
La decisión asumida por el tribunal de alzada, fue recurrida de casación por la querellante, conforme sale del memorial de fs. 228-231 vta., a cuya consecuencia, el 24 de junio de 2004 la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, remitió el expediente a la Fiscalía General para que se pronuncie sobre la aludida impugnación, habiendo sido devuelto con el respectivo requerimiento el 11 de enero de 2005, según consta del cargo de recepción de fs. 239, habiendo transcurrido aproximadamente 7 meses, encontrándose en pleno trámite el recurso de casación antes mencionado
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- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
