Libro Tomas de Razón 1/2008
Sucre, 29 de abril de 2.008
Proveído.- Abog. René Conde Andrade -Secretario de
Cámara de la Sala Penal Primera.
Libro Tomas de Razón 1/2008
- VISTOS: El requerimiento del Ministerio Público emitido de oficio respecto a la extinción de la
- Consiguientemente, del razonamiento esbozado, es lógico inferir que no es suficiente considerar ipso facto el
- A este fin, el período de tiempo procesal para las causas en liquidación adopta dos
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión integral de los antecedentes que informan a la causa, teniendo
- Posteriormente, remitido el proceso al plenario, el 26 de abril de 2003 radicó en el
- Elevado el expediente al tribunal de apelación, en virtud a la impugnación formulada por los
- La decisión asumida por el tribunal de alzada, fue recurrida de casación por la querellante,
- En este contexto, haciendo el cómputo general del tiempo desde la notificación con el auto
- A lo expuesto, hay que agregar, luego de una revisión minuciosa de los antecedentes del
- Por lo expuesto precedentemente, corresponde acceder al requerimiento fiscal en el caso de autos por
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excma
- Dr. Ángel Irusta Pérez
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