Auto Supremo AS/0118/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2008

Fecha: 15-May-2008

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis, se tiene lo siguiente


CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis, se tiene lo siguiente:

1.- Revisando minuciosamente el expediente se advierte que es verdad que luego de la nulidad decretada a Fs. 139 y vta., el recurrente, mediante memorial de Fs. 170-179, opuso entre otras la excepción de falta de acción y derecho, que fue resuelta mediante auto interlocutorio definitivo de 21 de mayo de 2001, que en su parte final, la rechazó por no estar reconocida en el parágrafo 2º del art. 8º de la Ley del Procedimiento Coactivo Fiscal, disponiendo la prosecución del proceso hasta su conclusión (Fs. 188-188 vta.)