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    Auto Supremo AS/0118/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0118/2008

    Fecha: 15-May-2008

    Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares


    Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
    • CONSIDERANDO I: Tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoria Nº
    • En apelación deducida por los coactivados Juan Carlos Orsini Puente y René Carlos Navarro Sequeiros
    • La referida determinación motivó el recurso de casación interpuesto por el coactivado René Carlos Navarro
    • 2
    • La responsabilidad de dichos actos corresponde al Presidente de CORDECO y al asesor jurídico de
    • Concluyó solicitando, se conceda el recurso de casación en la forma y en el fondo,
    • CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis, se tiene lo siguiente
    • Ésta determinación no fue impugnada por ninguna de las partes, adquiriendo ejecutoria, consecuentemente, se prosiguió
    • Igualmente, es cierto que mediante decreto de 2 de mayo de 2001 (Fs
    • Finalmente el recurrente, denuncia la incorrecta aplicación del art
    • Por lo analizado, se concluye que no existe vulneración de las normas citadas en el
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
    • Se regula el honorario profesional de Abogado, en Bs
    • Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
    • Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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