También alega que se incurrió en error de hecho, por cuanto lo expresado en el
También alega que se incurrió en error de hecho, por cuanto lo expresado en el memorial de contestación, respecto de la terminación de la obra, con la existencia de trabajos menores, desvirtúa el memorándum de Fs. 2, pese a que se afirmó en el memorial de respuesta a la demanda, que esos trabajos se refieren a otro asiento en la localidad de Boyuibe, que es distinta y para la cual no fue contratado el actor, afirmación que tampoco cumple los requisitos que establece el art. 408 del Cód. Pdto. Civ., con relación al apartado II del art. 405 del mismo cuerpo de leyes
- AUTO SUPREMO Nº 301 - Social Sucre, 17 de junio de 2008
- PARTES: Luís Adolfo Cerball Justiniano c/ WILLBROS TRANSANDINA S.A
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Tercero del Trabajo y
- En grado de apelación formulada por el representante de la empresa demandada (Fs
- Estos fallos motivaron el recurso de casación de Fs
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- También alega que se incurrió en error de hecho, por cuanto lo expresado en el
- Concluyó solicitando se conceda el recurso interpuesto para que este tribunal anule obrados para que
- CONSIDERANDO II:Que, así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo recurrido es evidente
- Por otra parte, la presunta omisión referida al cumplimiento de los Arts
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- Todo esto demuestra además, que no existe error de hecho respecto de la apreciación de
- Tampoco existe error de hecho al considerar la referida confesión judicial espontánea que cursa en
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- Para resolución, según convocatoria de Fs
- Fue disidente el Sr
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
