Auto Supremo AS/0306/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0306/2008

Fecha: 29-Ago-2008

En consecuencia, por los fundamentos esgrimidos anteriormente, corresponde fallar conforme lo previsto en los artículos


En consecuencia, por los fundamentos esgrimidos anteriormente, corresponde fallar conforme lo previsto en los artículos 271.2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables al caso por mandato de la norma remisiva de los arts. 1 y 24 del Procedimiento Coactivo Fiscal D.L. No. 14933 de 29 de septiembre de 1977, elevado a rango de Ley por el art. 52 de la Ley No. 1178 de 20 de julio de 1990