Auto Supremo AS/0306/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0306/2008

Fecha: 29-Ago-2008

Igual razonamiento debe aplicarse en lo que respecta a lo estipulado en el art


Igual razonamiento debe aplicarse en lo que respecta a lo estipulado en el art. 77.e) de la referida Ley del Sistema de Control Fiscal, puesto que, el coactivado no suscribió un contrato de ejecución de obras, de servicios públicos, menos de suministros y concesiones, sino, en el marco del contrato de obligaciones constante a fs. 61-62, cuya ampliación cursa a fs. 63, se obligó, una vez concluido el curso al que asiste como beneficiario, prestar sus servicios profesionales en los niveles de su especialidad en el marco legal establecido en los arts. 20, 21, 23 y 24 del Reglamento de Declaratorias en Comisión