Auto Supremo AS/0372/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0372/2008

Fecha: 28-Ago-2008

El salario es proporcional al trabajo y no puede hacerse diferencias por sexo, nacionalidad


El salario es proporcional al trabajo y no puede hacerse diferencias por sexo, nacionalidad. En autos el Juez al dictar su resolución previa valoración de las pruebas de cargo y descargo determinó que el salario mensual del actor es de Bs.- 400.-, y que al ser inferior al salario mínimo nacional, le reconoció en la suma de Bs.- 440.- como establece el D.S. Nº 27049 de 16 de mayo de 2003, es decir no existe evidencia de la violación de los extremos denunciados en el recurso