En grado de apelación deducida por el actor Juan Carlos Pasquale Flores de fs
DISTRITO: Chuquisaca
PARTES: Giancarlo Pascuale Flores c/ Iván Omar Flores Rejas
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VISTOS: Los recursos de nulidad o casación en la forma y en el fondo de fs. 201-203 y 206-208, interpuestos por Giancarlo Pasquale Flores e Iván Omar Flores Rejas, respectivamente, contra el Auto de Vista Nº 260/2004 de 10 de julio de 2004, de fs. 197-198, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del proceso social que sigue el primero de los nombrados contra Iván Omar Flores Rejas; los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Sucre emitió la sentencia Nº 71/04 de 30 de marzo de 2004 de fs. 120-121 y complementación de 5 de abril de 2004 de fs. 125, declarando probada en parte la demanda de fs. 28-34; disponiendo que el demandado Iván Omar Flores Rejas cancele a favor de Giancarlo Pasquale Flores la suma de Bs.- 5.941.- por concepto de indemnización, desahucio, salarios de 3 meses y 16 días, duodécimas de aguinaldo y por otros trabajos realizados.
En grado de apelación deducida por el actor Juan Carlos Pasquale Flores de fs. 127-129 por una parte y el demandado Iván Omar Flores Rejas de fs. 135-137 por otra, el Tribunal Ad quem por Auto de Vista Nº 260/2004 de 10 de julio de 2004 de fs. 197-198, confirma la sentencia apelada en cuanto al pago de salarios devengados, desahucio, indemnización y aguinaldo y revoca en lo que se refiere al reconocimiento de otros trabajos por no haberse demostrado su realización, debiendo Iván Omar Flores Rejas pagar la suma de Bs.- 2.441.- como reintegro de los beneficios sociales al actor, sin costas por la revocatoria
- AUTO SUPREMO Nº 372 - Social Sucre, 28 de agosto de 2008
- En grado de apelación deducida por el actor Juan Carlos Pasquale Flores de fs
- Que, contra el mencionado auto de vista, ambas partes interpusieron, por su orden, recursos de
- Concluye solicitando que este Tribunal Supremo, case y/o anule obrados con reposición o sin ella,
- 2) Por su parte, el demandado Iván Omar Flores Rejas, interpuso recurso de casación en
- I
- La nulidad que se pretende, no tiene más objetivo que la innecesaria dilación del proceso,
- 2) En el fondo
- El salario es proporcional al trabajo y no puede hacerse diferencias por sexo, nacionalidad
- Tampoco hubo vulneración en la revocatoria al reconocimiento de los otros trabajos demandados porque no
- II
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
