Auto Supremo AS/0372/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0372/2008

Fecha: 28-Ago-2008

II


II.- Resolviendo el recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por el demandado Iván Omar Flores Rejas, se tiene lo siguiente:

1) En la forma.- respecto de la acusada nulidad por falta de notificación con la demanda laboral, se debe tener en presente que en materia de nulidades procesales, conforme instituyó este Tribunal, la nulidad por la nulidad misma no tiene más efecto que la innecesaria obstrucción en la pronta solución de las controversias, de ahí que la norma adjetiva civil limita las nulidades, sólo para aquellos casos expresamente previstos y cuando afecta al orden público, que en el presente caso no se identifica la alegada nulidad, pues consta en obrados que el demandado asumió defensa con la presentación de los incidentes de nulidades de las diligencias de notificación con la demanda, las mismas que han fueron resueltas mediante auto que cursa a fs. 50 y que fueron confirmadas en alzada, habiendo dicho Tribunal resuelto el recurso de apelación con la pertinencia del art. 236 del Código de Procedimiento Civil