Auto Supremo AS/0252/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0252/2009

Fecha: 26-Nov-2009

Debe entenderse que el "retiro forzoso" al que alude el art


Debe entenderse que el "retiro forzoso" al que alude el art. 9º del D.S. Nº 1260, es para efectos del pago de la indemnización por tiempo de servicios y lógicamente en base al principio de la norma más beneficiosa para el pago del desahucio que está regulado por el art. 12 de la L.G.T., pues, de la interpretación armónica y sistematizada de los preceptos citados, se colige que el legislador boliviano pretendió otorgar a los herederos del trabajador fallecido, no sólo el derecho a recibir el pago de la indemnización por el tiempo de servicios prestados sino también el pago del desahucio; de lo contrario, esta figura jurídica estaría consignada dentro de la norma del art. 1 del D.S. Nº 1260 anteriormente señalado