Auto Supremo AS/0252/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0252/2009

Fecha: 26-Nov-2009

Sin embargo corresponde señalar que el art


Sin embargo corresponde señalar que el art. 1º del D.S. Nº 1260 de 5 de julio de 1948, establece el derecho de los herederos a recibir la indemnización por los años de servicio que prestó el trabajador fallecido; empero, no dispone que por esa causal tengan derecho a recibir el pago del desahucio