Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0593/2009
Fecha: 21-Dic-2009
Dr. Ángel Irusta Pérez
Dr. Ángel Irusta Pérez
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VISTOS: La excepción de prescripción de la acción penal opuesta por Jorge Armando Mealla Álvarez
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Que absolviendo el traslado dispuesto por providencia de 28 de noviembre de 2009 (fojas 1964),
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CONSIDERANDO: Que, de los datos que informa el proceso se establece que
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Que, en base a los antecedentes expuestos y, siendo la excepción de prescripción de la
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Que, la prescripción es un instrumento jurídico en virtud al cual cesa el ejercicio de
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Que, la Disposición Final Sexta del Código de Procedimiento Penal (Ley 1970), derogó las normas
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Que, en el contexto expuesto precedentemente, el Código de Procedimiento Penal Ley 1970, estableció que
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En ese sentido, el artículo 29 del mismo Código Adjetivo de la materia, prevé que
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Que, el cambio sustancial que trajo el nuevo régimen de la prescripción, se encuentra previsto
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Que, teniendo en cuenta que el máximo de la pena fijada para el delito de
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Que, en el caso de autos, el término de la prescripción empezó a correr desde
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POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
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Regístrese y comuníquese y devuélvase
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Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
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Dr. Ángel Irusta Pérez
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Cámara de la Sala Penal Primera
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Libro Tomas de Razón 3/2009
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