Que, la prescripción es un instrumento jurídico en virtud al cual cesa el ejercicio de
Que, la prescripción es un instrumento jurídico en virtud al cual cesa el ejercicio de la potestad punitiva del Estado, provocada por el transcurso de un determinado periodo fijado por Ley; ante el poder-deber del Estado de aplicar la Ley y perseguir el delito, surge también el derecho a resistir ese poder, es por eso que el legislador establece ciertas reglas, para limitar el ejercicio de la potestad punitiva. La prescripción de la acción penal, es un asunto de política criminal que adopta el Estado a través del órgano competente para ello, que establece los parámetros para su regulación
- VISTOS: La excepción de prescripción de la acción penal opuesta por Jorge Armando Mealla Álvarez
- Que absolviendo el traslado dispuesto por providencia de 28 de noviembre de 2009 (fojas 1964),
- CONSIDERANDO: Que, de los datos que informa el proceso se establece que
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- Que, en base a los antecedentes expuestos y, siendo la excepción de prescripción de la
- Que, la prescripción es un instrumento jurídico en virtud al cual cesa el ejercicio de
- Que, la Disposición Final Sexta del Código de Procedimiento Penal (Ley 1970), derogó las normas
- Que, en el contexto expuesto precedentemente, el Código de Procedimiento Penal Ley 1970, estableció que
- En ese sentido, el artículo 29 del mismo Código Adjetivo de la materia, prevé que
- Que, el cambio sustancial que trajo el nuevo régimen de la prescripción, se encuentra previsto
- Que, teniendo en cuenta que el máximo de la pena fijada para el delito de
- Que, en el caso de autos, el término de la prescripción empezó a correr desde
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y comuníquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
