Auto Supremo AS/0384/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0384/2009

Fecha: 22-Jul-2009

Que siendo esos los antecedentes del proceso, corresponde precisar que


Que siendo esos los antecedentes del proceso, corresponde precisar que:

Por determinación del artículo 342 del Código de Procedimiento Penal: "El juicio se podrá abrir sobre la base de la acusación del fiscal o la del querellante, indistintamente"