VISTOS: La solicitud de extinción de la acción penal promovido por Germán López Paccy a
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: 502 Sucre, 28 de septiembre de 2009
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ministerio Público c/ Germán López Paccy
Tráfico de Sustancias Controladas (Declara la no extinción de la acción penal)
< < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < <
Sucre, 28 de septiembre de 2009
VISTOS: La solicitud de extinción de la acción penal promovido por Germán López Paccy a fs. 170 a 173, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley Nº 1008
AUTO SUPREMO: 502 Sucre, 28 de septiembre de 2009
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ministerio Público c/ Germán López Paccy
Tráfico de Sustancias Controladas (Declara la no extinción de la acción penal)
< < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < <
Sucre, 28 de septiembre de 2009
VISTOS: La solicitud de extinción de la acción penal promovido por Germán López Paccy a fs. 170 a 173, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley Nº 1008
- VISTOS: La solicitud de extinción de la acción penal promovido por Germán López Paccy a
- CONSIDERANDO: Que, Germán López Paccy mediante memorial de 31 de agosto de 2005, luego de
- 2
- 3
- CONSIDERANDO: Que, la extinción de la acción penal, es de previo y especial pronunciamiento, empero
- Todos estos actos ejercidos por el procesado sin duda constituyen "actuados dilatorios" destinados a impedir
- Que, del análisis de la extinción de la acción penal, se advierte que no se
- Ahora bien si la extinción de la acción penal tiene la virtud de hacer desaparecer
- Por lo que de la revisión de antecedentes se evidencia que la no conclusión del
- Por consiguiente, no siendo atribuible la dilación del proceso al órgano judicial y/o Ministerio Público,
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
