Auto Supremo AS/0595/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0595/2010

Fecha: 25-Nov-2010

CONSIDERANDO: Que, la Sentencia Constitucional Nº 0101/2004, de 14 de septiembre complementada por el Auto


CONSIDERANDO: Que, la Sentencia Constitucional Nº 0101/2004, de 14 de septiembre complementada por el Auto Constitucional No. 0079/2004 de 29 de septiembre señala claramente "(...)Que no habrá lesión al derecho que tiene el imputado a la conclusión del proceso dentro de los plazos señalados en el Código de Procedimiento Penal cuando a consecuencia del uso de los distintos medios de defensa y recursos que el sistema legal le dispensa, el imputado por exceso de previsión inherente a todo ser humano provoca la dilación del proceso, debiendo asumir las consecuencias de sus actos; no correspondiendo, en tal circunstancia, la extinción de la acción penal". En ese sentido la supuesta demora observada por el imputado, no es atribuible a los Órganos de Administración de Justicia, el tiempo que duró el proceso responde a la actividad procesal que desplegaron las partes, a los incidentes y recursos interpuestos por ellas, por lo que el plazo de duración de más de cinco años, resulta necesario para el juzgamiento por el delito atribuido y para la averiguación de la verdad de los hechos