Auto Supremo AS/0595/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0595/2010

Fecha: 25-Nov-2010

De ahí que las acciones que surgen como consecuencia del procedimiento a seguir en las


De ahí que las acciones que surgen como consecuencia del procedimiento a seguir en las diferentes etapas procesales y circunstancias que se desarrolla el proceso, así como el accionar de la defensa, que generan una demora necesaria, razonable e indispensable para la tramitación del proceso no pueden ser consideradas como dilación impropia para pedir la extinción de la acción penal