Auto Supremo AS/0595/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0595/2010

Fecha: 25-Nov-2010

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, conforme a lo


POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, conforme a lo previsto por los arts.133 y 308 num.4) del Código de Procedimiento Penal, dispone no haber lugar a la extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, impetrada a fojas 207-209, por Víctor Hugo Ugarte Sejas, en representación de Francisco Oscar Gonzáles Maturanoconsecuentemente se ordena la tramitación de esta causa hasta su conclusión