Auto Supremo AS/0595/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0595/2010

Fecha: 25-Nov-2010

Que desde la primera sindicación han transcurrido más de 5 años y tres meses de


Que desde la primera sindicación han transcurrido más de 5 años y tres meses de duración, lo que sobrepasa lo previsto en el art. 133 del Código de Procedimiento Penal