Auto Supremo AS/0036/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0036/2010

Fecha: 17-Feb-2010

Que de su parte, Félix Arce Angulo impugnó el indicado Auto de Vista con los


Que de su parte, Félix Arce Angulo impugnó el indicado Auto de Vista con los siguientes argumentos:

1.- No fue probada la afirmación que se hizo en sentido de haber sido él quien insertó declaraciones falsas en un documento auténtico. Esa decisión, basada en hechos no demostrados, contradice lo expuesto en el Auto Supremo 236 de 7 de marzo de 2007 que señala: "Los delitos, para ser considerados como tales, deben reunir todas las condiciones exigidas para cada tipo en el Código Penal, y ser probados en juicio oral, público, contradictorio y continuo" y, contradice igualmente el siguiente criterio manifestado por el Auto Supremo 84 de 1º de marzo de 2006: "Las resoluciones que sin fundamentar debidamente anulen, revoquen, confirmen o declaren la improcedencia del recurso de apelación restringida, violan la garantía constitucional del debido proceso y, sobre todo, el derecho constitucional a la defensa"