Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0265/2010
Fecha: 08-Jun-2010
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PARTES: Ministerio Público y el Centro de Investigación Agrícola Tropical "CIAT" c/ Francisco Rojas Vidal
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Peculado
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CONSIDERANDO: Que, el imputado al amparo de lo previsto por el artículo 133 del Código
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Que, el representante del Ministerio Público, absolviendo el traslado dispuesto respecto a ese petitorio, se
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CONSIDERANDO: Que, el artículo 133 del Código de Procedimiento Penal, establece que todo proceso tendrá
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Que, si bien nuestro ordenamiento jurídico promueve la aplicación de la garantía del plazo razonable
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Por ello se entiende que el plazo de duración máximo del proceso, previsto por el
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Que, la garantía de juzgamiento en plazo razonable, coherente con la garantía a una justicia
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Que, aplicando el criterio referido y analizando los datos que cursan en obrados, se tiene
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Que, apelada la sentencia por el imputado, los actuados fueron remitidos al Tribunal Ad-quem el
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En este Alto Tribunal, cursa un memorial de 30 de septiembre de 2008 impetrando el
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Que, de todos los antecedentes expuestos se evidencia que, si bien en la tramitación de
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POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la
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Regístrese y hágase saber
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Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
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Dra. Ana María Forest Cors
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Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
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