Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0265/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0265/2010

    Fecha: 08-Jun-2010

    Regístrese y hágase saber


    Regístrese y hágase saber
    • PARTES: Ministerio Público y el Centro de Investigación Agrícola Tropical "CIAT" c/ Francisco Rojas Vidal
    • Peculado
    • CONSIDERANDO: Que, el imputado al amparo de lo previsto por el artículo 133 del Código
    • Que, el representante del Ministerio Público, absolviendo el traslado dispuesto respecto a ese petitorio, se
    • CONSIDERANDO: Que, el artículo 133 del Código de Procedimiento Penal, establece que todo proceso tendrá
    • Que, si bien nuestro ordenamiento jurídico promueve la aplicación de la garantía del plazo razonable
    • Por ello se entiende que el plazo de duración máximo del proceso, previsto por el
    • Que, la garantía de juzgamiento en plazo razonable, coherente con la garantía a una justicia
    • Que, aplicando el criterio referido y analizando los datos que cursan en obrados, se tiene
    • Que, apelada la sentencia por el imputado, los actuados fueron remitidos al Tribunal Ad-quem el
    • En este Alto Tribunal, cursa un memorial de 30 de septiembre de 2008 impetrando el
    • Que, de todos los antecedentes expuestos se evidencia que, si bien en la tramitación de
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la
    • Regístrese y hágase saber
    • Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
    • Dra. Ana María Forest Cors
    • Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca