Que, de todos los antecedentes expuestos se evidencia que, si bien en la tramitación de
Que, de todos los antecedentes expuestos se evidencia que, si bien en la tramitación de la presente causa, tomando en cuenta incluso el no computó del plazo en las vacaciones judiciales, se excedió el plazo máximo de duración previsto por el artículo 133 del Código de Procedimiento Penal, empero el imputado no proporcionó a este Tribunal justificación alguna de sus actos dilatorios generados por éste, es más de la revisión de los datos correspondientes a la etapa, preparatoria y del juicio oral, no se advierte que en su tramitación hubiera existido indebida dilación atribuible a los Órganos Jurisdiccionales ni al Ministerio Público, ello se debió a la dificultad de no poderse constituir tribunal en su oportunidad, a las medidas cautelares y sus modificaciones impetradas por el procesado; en consecuencia, no es cierta la vulneración de la garantía del imputado a ser juzgado dentro un plazo razonable y sin dilaciones indebidas, toda vez que su tramitación se realizó dentro del plazo razonable dictándose Sentencia condenatoria cuya resolución fue impugnada de apelación restringida y de casación, cuyos trámites también incidieron en la demora de la causa, al igual que la excesiva carga procesal existente en los Tribunales Superiores, máxime si el hecho acusado, está catalogado como corrupción pública cuya víctima es le Estado, cuyos delitos no prescriben
- PARTES: Ministerio Público y el Centro de Investigación Agrícola Tropical "CIAT" c/ Francisco Rojas Vidal
- Peculado
- CONSIDERANDO: Que, el imputado al amparo de lo previsto por el artículo 133 del Código
- Que, el representante del Ministerio Público, absolviendo el traslado dispuesto respecto a ese petitorio, se
- CONSIDERANDO: Que, el artículo 133 del Código de Procedimiento Penal, establece que todo proceso tendrá
- Que, si bien nuestro ordenamiento jurídico promueve la aplicación de la garantía del plazo razonable
- Por ello se entiende que el plazo de duración máximo del proceso, previsto por el
- Que, la garantía de juzgamiento en plazo razonable, coherente con la garantía a una justicia
- Que, aplicando el criterio referido y analizando los datos que cursan en obrados, se tiene
- Que, apelada la sentencia por el imputado, los actuados fueron remitidos al Tribunal Ad-quem el
- En este Alto Tribunal, cursa un memorial de 30 de septiembre de 2008 impetrando el
- Que, de todos los antecedentes expuestos se evidencia que, si bien en la tramitación de
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
