Auto Supremo AS/0238/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0238/2010

Fecha: 23-Jul-2010

CONSIDERANDO: Que, los recurrentes, a través del recurso de casación en la forma, en términos


CONSIDERANDO: Que, los recurrentes, a través del recurso de casación en la forma, en términos confusos e imprecisos acusaron, la trasgresión y conculcación de los artículos 1286 del Código Civil y 397 del su Procedimiento, al respeto señalaron que, los Tribunales de instancia no valoraron debida y adecuadamente la prueba aportada al proceso, en ese sentido señalaron que la documental cursante de fojas 1 a 40 evidenciaría la suscripción de contratos de venta futura a terceros, que la cláusula novena estipula que en caso de no hacerse efectivas las ventas (pagadas) dentro del plazo de ocho meses, se devolverían a los vendedores, aspecto que demostraría el incumplimiento del pago de los ocho departamentos; que los documentos de fojas 74 a 77, expresarían que el dinero obtenido por la venta sería destinado a cubrir el monto de doscientos diecinueve mil seiscientos 00/100 dólares americanos, que no se cumplió la condición suspensiva previa de venta, tampoco se recibió el monto convenido, razón por la cual, no se cumplió lo convenido entre partes. Adujeron que esa prueba demostraría la simulación de los contratos de fojas 107, 108, y 109, aspecto que no habría sido valorado por los jueces de instancia. Acusaron, sin mayor fundamentación, la violación de los artículos 90 del Código de Procedimiento civil, y 15 de la Ley de Organización Judicial. Por las razones expuestas solicitaron la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo